Investigación privada y Ley 5/2014
Cuando alguien llama a investicat.com no espera una clase de derecho; quiere soluciones. Desde 2014, con la Ley 5/2014 de Seguridad Privada, nuestra mejor herramienta es aplicar la ley con cabeza: anticipar, prevenir y documentar para que la evidencia sirva en negociación, mediación o juicio, según convenga.
En investicat.com no entendemos la Ley 5/2014 como un trámite: nos cambió la forma de planificar casos. Pasamos de reaccionar a anticipar.
Qué cambió de 1992 a 2014 y por qué te afecta
El gran giro fue consolidar la investigación privada dentro de la seguridad privada con un enfoque preventivo e integral (ver Estrategia de Seguridad Nacional 2013). Para clientes y despachos se traduce en tres ideas operativas:
- Encargos por escrito: contrato con objeto, límites, medios lícitos y plazos (ver Ley 5/2014).
- Trazabilidad total: briefing, bitácoras, fuentes y soportes.
- Entrega de informe: el informe es obligatorio, aunque el cliente “solo quiera fotos”.
Para trámites y requisitos oficiales consulta: Ministerio del Interior — Detectives Privados y Sede Electrónica de la Policía — Trámites de Seguridad Privada.
Artículos que más importan al detective (y al cliente)
Qué puedes investigar y qué no (con ejemplos reales)
La regla de oro es el interés legítimo del solicitante y el respeto a los derechos fundamentales del investigado. El BOE detalla ámbitos permitidos y límites (p. ej., nada de domicilios o lugares especialmente protegidos; delitos solo si son perseguibles a instancia de parte): Ley 5/2014.
| Caso | ¿Legítimo? | Motivo |
|---|---|---|
| Empleado impagado solicita investigar el nivel de vida del empresario para un procedimiento laboral | ✔️ Sí | Interés legítimo y finalidad probatoria proporcional |
| Seguir al jefe para chantajearle por su vida íntima | ❌ No | Finalidad ilegítima; vulneración de derechos |
| Empresa con indicios de baja fingida que necesita evidencia | ✔️ Sí | Interés legítimo; prevención y defensa de derechos |
| “Me gusta la vecina del cuarto, quiero saber si tiene pareja” | ❌ No | No existe vínculo ni interés legítimo |
Primeras preguntas que hacemos: ¿quién es el investigado? y ¿qué vínculo hay con el solicitante? (familiar 1.º grado, laboral, contractual…). Sin vínculo válido no hay caso; además, la causa debe ser legítima.
Contratos, informes y custodia: requisitos prácticos
- Contrato por escrito por cada servicio (ver Ley 5/2014).
- Registro de encargos y documentación interna del expediente (ver trámites de la Sede de Policía).
- Informe de investigación obligatorio, aunque el cliente “no lo quiera”.
- Custodia y archivo del expediente: contratos, notas, soportes e informe, preparados para requerimientos e inspección (ver Ministerio del Interior).
He ganado más negociaciones con un informe impecable que muchos juicios con pruebas discutibles. La cadena de custodia es operativa diaria.
Prueba válida… y valor fuera del juzgado
Un informe puede valer en juicio si la obtención fue lícita, las técnicas proporcionales y la documentación trazable. Para una explicación clara con referencias a doctrina y jurisprudencia, puede ayudarte este análisis: Validez del informe del detective privado. Aun así, muchas veces el mayor rendimiento se logra antes del juicio: en mediación, conciliación o negociación.
Cuando un cliente me pregunta si “sirve en juicio”, respondo: sirve para decidir bien. Si además resiste sala, perfecto.
Cómo trabajamos para maximizar validez y utilidad
- Briefing jurídico-operativo: legitimación, vínculo, finalidad, hipótesis y descarte de técnicas intrusivas innecesarias.
- Plan de fuentes: observación proporcional, OSINT, verificación documental y trabajo de campo.
- Bitácora y soportes: todo fechado, descrito y clasificado (quién/qué/cuándo/cómo).
- Informe litigable: hechos + anexos + soportes indexados; lenguaje claro.
- Plan de ratificación: listo para sostenerse si la parte lo solicita.
Si tu caso toca videovigilancia, aplica la Guía de Videovigilancia de la AEPD (PDF) y su zona de recursos. Para gestión de riesgos y realizar una EIPD cuando proceda, consulta la Guía de gestión de riesgos y EIPD y la página práctica de EIPD.
Ecosistema profesional y garantías para el cliente (Cataluña)
Si estás en Cataluña, te conviene conocer el Col·legi Oficial de Detectius Privats de Catalunya (CODPCAT) y su sección “El Colegio”: promueven la colegiación, combaten el intrusismo y ofrecen garantías deontológicas al ciudadano.
Checklist operativo (12 puntos) para no pisar minas
| # | Control | Referencia |
|---|---|---|
| 1 | Contrato por escrito (objeto, límites, base legal) | Ley 5/2014 |
| 2 | Vínculo e interés legítimo documentados | Ley 5/2014 |
| 3 | Técnicas proporcionales (menos intrusivas posibles) | — |
| 4 | Ámbitos permitidos (no domicilios/lugares reservados) | Ley 5/2014 |
| 5 | Bitácora de campo y registro de fuentes | — |
| 6 | Necesidad e idoneidad recogidas en el briefing | — |
| 7 | Análisis de riesgo legal por técnica | — |
| 8 | Informe estructurado (hechos, anexos, soportes) | Ley 5/2014 |
| 9 | Registro actualizado del encargo | Sede Policía |
| 10 | Archivo seguro del expediente | — |
| 11 | Plan de ratificación (si procede) | — |
| 12 | Preparado para inspección | Ministerio del Interior |
Preguntas rápidas (FAQ)
¿Puedo investigar “por curiosidad”?
No. Debe existir vínculo y interés legítimo; lo documentamos antes de aceptar (ver Ley 5/2014).
¿Podéis entrar en domicilios privados?
No. La investigación excluye domicilios y lugares especialmente protegidos (ver Ley 5/2014).
¿El informe es obligatorio?
Sí. Forma parte de nuestras obligaciones profesionales y de control (ver Ley 5/2014).
¿Quién puede requerirlo?
La autoridad judicial o policial, además del propio cliente, en los supuestos previstos (ver Ministerio del Interior y Sede de Policía).
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Atención confidencial y profesional. Analizamos tu caso sin compromiso y te proponemos la mejor estrategia de investigación.
- TIP 2784 · RNSP 10738
- Cumplimiento Ley 5/2014
- Confidencialidad y legalidad
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